Mediante la Resolución N°8813/2020 y teniendo en cuenta los casos positivos que continúan en aumento se dieron a conocer las nuevas disposiciones para el Municipio vecino de Gral.Mosconi
En su Artículo 1° la Resolución adhiere al DNU N° 641/2020 emitido por el Gobierno Nacional con el fin de garantizar el distanciamiento entre personas y evitando la aglomeración o concurrencia masiva de las mismas en los diferentes lugares y evitar la propagación del COVID-19.
En el Artículo 2° dispone que a partir del día de la fecha y por el periodo comprendido entre el 03 de Agosto/2020 y el 16 de Agosto /2020, el horario de cierre y apertura comercial en los RUBROS GENERALES, continuarán desde las 08:00 a 20:00 horas, horario en el cual el comerciante deberá cumplir con mínima permanencia de personas dentro del local, ajustándose a las disposiciones emanadas en el orden nacional, provincial y municipal del protocolo del COVID-19.
CONFITERÍAS Y RESTAURANTES: Continuarán cumpliendo con el protocolo sanitario COVID-19 y con permanencia de clientes solo en el horario del almuerzo de 12:00 a 15:00 horas, uso obligatorio de alcohol en gel y barbijos o tapabocas en todos los presentes, incluido el personal de atención, cumplido este periodo su funcionamiento será a través de delivery hasta las 24:00 horas sin excepción.
PRACTICAS DEPORTIVAS: Continuarán las disciplinas individuales, paseos y caminatas incluidos, cumpliendo con el protocolo COVID-19 y en el horario que no deberá exceder a las 20:00 horas.
GIMNASIOS Y ESCUELAS DE DANZA Y FOLKLORE: Queda SUSPENDIDO su funcionamiento sin excepción.
SERVICIOS DE TAXIS Y REMISES: Continuarán prestando servicio únicamente aquellas unidades que cuenten con la correspondiente habilitación de la Dirección de Rentas Municipal, y en el ámbito jurisdiccional de General E. Mosconi, cumpliendo con el protocolo sanitario de cada unidad habilitada, en conformidad a lo oportunamente acordado con el Departamento Ejecutivo Municipal sin excepción.
ACTIVIDADES RELIGIOSAS Y REUNIONES SOCIALES Y/O FAMILIARES: Se SUSPENDEN por este periodo, sin excepción.
En el Artículo 4° se notifica que de acuerdo con el Artículo 4° de la Resolución N°37/2020 del COE Salta, se hace saber a la población, que se intensificarán las medidas de fiscalización y aplicaciones de multas a conductas que transgredan las normas y protocolos dictados en el marco de la emergencia sanitaria, particularmente en lo que respecta a nuestra localidad, en cuanto al cumplimiento del horario de las actividades habilitadas: el uso obligatorio del barbijo y/o tapabocas, alcohol en gel en las manos y el distanciamiento de dos (2) metros, sin excepción.
Con relación a los vehículos de transporte, de re-abastecimiento y/o proveedores en todos los rubros, en el Artículo 5°, la Resolución señala que continuarán con el ingreso a esta localidad en el horario comprendido entre las 08:00 a 18:00 horas, cumpliendo con las normas de circulación de Protocolo Nacional y/o Provincial, según corresponda, en todos los casos de aquellos proveedores que provengan de las denominadas «zonas rojas» ante la pandemia, deberán contar con la PRUEBA NEGATIVA de CORONAVIRUS, (PCR) y Constancia Habilitante del COE de la ciudad de donde proviene, este último requisito para los provenientes de la ciudad de la ciudad de Tartagal, sin excepción.
El Transporte Público de Pasajeros continuará con el servicio «Urbano»: Vespucio/ Mosconi/ Coronel Cornejo y viceversa, sin cambios en los horarios, donde los usuarios de dicho servicio deberán contar con el Permiso de Circulación Laboral correspondiente y cumplir con el Protocolo COVID-19.
El personal dependiente de la Municipalidad de General E. Mosconi, continuará con la prestación de servicio mínimo, en los ámbitos de los sectores: Administración, Rentas, Centro de Emisión de Licencias, Obras y Servicios Públicos, Departamento Tránsito, Bromatología, etc.
Fuente: Prensa Mosconi