INFORMATIVO

DOCENTES: ADELANTARON LAS ELECCIONES EN LA JUNTA CALIFICADORA DE MÉRITOS Y DISCIPLINAS

La ministra Berruezo indicó que por solicitud de los docentes se acortaron los plazos para las elecciones de la Junta Calificadora de Méritos y Disciplina, que se realizarán el 31 de mayo.

Sobre el proceso eleccionario

Diez miembros estarán en funciones durante 3 años, seis de los cuales serán elegidos por el voto docente. El proceso eleccionario ya comenzó, pero la votación se realizará el 31 de mayo de este año.

La Junta Calificadora de Méritos y Disciplina estará integrada por diez miembros, uno pertenecerá al gremio con personería jurídica con mayor cantidad de afiliados; tres, elegidos por el Ministerio de Educación y seis, elegidos por el voto de la totalidad de los docentes de la Provincia de los niveles inicial, primario, secundario, técnico y de educación para adultos.

La votación de los 6 miembros que irán a elección se realizará de manera obligatoria y secreta, el 31 de mayo de este año, momento en que se habilitarán 170 mesas en escuelas para realizar el escrutinio.

Los postulantes deberán reunir los requisitos de ser docente titular en categoría activa y acreditar título docente.

Por otra parte, se elegirán seis suplentes que se incorporarán a la Junta Calificadora de Méritos y Disciplina en caso de vacancia, ausencia o impedimento del titular.

Los requisitos para participar se pueden consultar en: juntaelectoraldocente2019@gmail.com y en www.edusalta.gov.ar

Funciones de la Junta Calificadora de Méritos y Disciplina

•            Estudiar y custodiar los legajos de antecedentes de todo el personal y efectuar su calificación general por orden de mérito

•             Formular la nómina de aspirantes al ingreso, interinatos y suplencias

•             Dictaminar en los pedidos de permutas, traslados y reincorporaciones

•             Considerar las peticiones de permanencia en actividad, con sujeción a lo que prevén las leyes jubilatorias

•             Pronunciarse en las solicitudes de becas

•             Dictaminar, con carácter previo, en los casos de aplicación de sanciones

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