El ingreso a Salta por vía aérea o terrestre, esta permitido para aquellos que realicen una actividad esencial, trasportes de cargas y residentes que vengan (con cupos diarios) y aquellos que deseen ingresar por cuestiones humanitarias o sanitarias. Es primordial el registro y la documentación reglamentaria que acredite la condición declarada.
En la última reunión del Comité Operativo de Emergencia, se realizó una evaluación de la situación epidemiológica en la que se encuentra actualmente la Provincia.Por recomendación de la Dirección General de Coordinación Epidemiológica, se decidió realizar una adaptación y actualización del “Protocolo de Ingreso a la Provincia de Salta ante la Pandemia COVID-19”, que desde hoy es de aplicación obligatoria para toda persona que ingrese a la provincia por vía terrestre y/o aérea.
El presidente del COE, Francisco Aguilar, informó que se realizó la actualización de la división territorial, según la situación epidemiológica.
Ya no quedan municipios en zona 1.
La zona 2 está compuesta por Iruya, La Candelaria, Molinos, San Carlos, Santa Victoria
La zona 3 por Anta, Cachi, Cafayate, Guachipas, La Poma, La Viña, Los Andes, Metán, Rivadavia, Rosario de la Frontera.
La zona 4 por Capital, Cerrillos, Chicoana, General Güemes, San Martín, La Caldera, Orán y Rosario de Lerma.Esquema y condiciones de ingresos a Salta Toda persona que ingrese a la Provincia, cualquiera sea la vía utilizada (terrestre y/o aérea) o motivo, deberá someterse a la revisión médica de la autoridad sanitaria, quien efectuará el examen clínico pertinente tendiente a identificar la existencia de sintomatología respiratoria, febril y/o cualquier otra propia del COVID-19.Se establece para todas las personas que deseen ingresar al territorio de la provincia de Salta, las siguientes condiciones: