El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados dispuso diferir el pronunciamiento respecto de la procedencia o no de la suspensión de funciones y embargo de los haberes del Fiscal Penal de Profesor Salvador Mazza, Armando Cazón, hasta tanto la Sala IV del Tribunal de Impugnación resuelva la recusación con causa y eventualmente la validez o no de la elevación a juicio.
Pero mientras tanto el Fiscal continuará sometido a proceso, según apuntó el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.
La instancia fue habilitada luego que el Juez de Garantías 2 de Tartagal, Fernando Mariscal Astigueta comunicara la elevación a juicio de la causa contra el Fiscal Penal de Profesor Salvador Mazza por los supuestos delitos de extralimitación ilegítima de funciones (seis hechos) en grado de autor y en concurso real coacción – administración pública. El Fiscal planteó en la causa la nulidad del decreto de elevación a juicio con apelación en subsidio y la recusación con causa.
El artículo 160 de la Constitución Provincial prescribe que es también atribución del Jurado allanar la inmunidad de los magistrados y funcionarios del Ministerio Público cuando se formule contra ellos acusación por delitos comunes.
El jurado consideró que “debe disponerse la habilitación de la continuidad del sometimiento a la jurisdicción del Fiscal Penal de Profesor Salvador Mazza del Distrito Judicial Tartagal, Jorge Armando Cazón, toda vez que la causa judicial no ha arribado a su segunda etapa, Juicio, por lo que en consecuencia permanece sometido al proceso.”
“Este Tribunal interpreta que resulta prudente para emitir un pronunciamiento, contar con una definición respecto de la recusación con causa deducida por el fiscal Cazón y consecuentemente del planteo de nulidad del auto de elevación de la causa a juicio”, consideraron.