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El Gobierno de Vidal adhirió al Protocolo Nacional de aborto no punible

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El Gobierno de Vidal adhirió al Protocolo Nacional de aborto no punible

La decisión está firmada por la ministra de Salud bonaerense, Zulma Ortiz. De esta forma Buenos Aires se suma a Chaco, Chubut, Jujuy, La Rioja, Misiones, Santa Cruz, Santa Fe y Tierra del Fuego.

RESOLUCIÓN. El texto se oficializará esta semana.

A través de una resolución del ministerio de Salud bonearense, el gobierno de la provincia de Buenos Aires adhirió al "Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo" que fue elaborado en 2015, antes de la gestión actual. De esta manera se facilitan las condiciones enmarcadas en la legislación vigente "en caso de interrupción ilegal de embarazo cuando se ponga el riesgo la vida o la salud de la persona o cuando sea producto de una violación".

La decisión está firmada por la ministra de Salud bonaerense, Zulma Ortiz, quien dio a conocer además una comunicación escrita por el Programa de Salud Sexual y Reproductiva bonaerense en el que detalla conceptos clave: "El ejercicio del derecho a la interrupción ilegal de embarazo se enmarca en los derechos sexuales y reproductivos como parte de los derechos humanos e implica el acceso a una atención integral de calidad que asegure el respeto por la intimidad y la autonomía y el acceso a los adelantos tecnológicos e información científica actualizada, clara y veraz", apunta la comunicación ministerial.

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La resolución 2095/2016 aún no fue publicada oficialmente, algo que se estima se hará durante esta semana. Allí se dispone que el protocolo sea de aplicación obligatoria en la provincia, y se deja de lado 3146/2012, que aún estaba vigente. Según la comunicación ministerial, el Protocolo "es un documento de 72 páginas que ofrece lineamientos orientados a garantizar el cumplimiento del derecho a la interrupción legal del embarazo y fortalecer el trabajo de los equipos de salud con el objetivo de brindar a la población un servicio de calidad respetuoso de sus derechos humanos".

También aclara que el protocolo es anterior a la entrada en vigor del nuevo Código Civil y Comercial, que efectuó importantes modificaciones en relación a la capacidad jurídica de estos grupos, por lo que estiman que en poco tiempo dictarán los lineamientos adecuados para la actuación. La nueva normativa transforma a Buenos Aires en la octava provincia en adecuarse a estándares establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Las demás son Chaco, Chubut, Jujuy, La Rioja, Misiones, Santa Cruz, Santa Fe y Tierra del Fuego.

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Resolución 2095/2016 by Todo Noticias on Scribd

El texto señala que las prácticas de los profesionales "deben estar destinadas a que, en base a la información veraz, adecuada y completa que se le brinde, la mujer pueda tomar la mejor decisión posible para ella". Además enfatiza que "no deben interponerse obstáculos médico-burocráticos o judiciales para acceder a la prestación" ya que "ponen en riesgo la salud de quien requiere la práctica".

Otro de los puntos neurálgicos de la decisión tiene que ver con el tema de la posición de la Justicia en un caso tan grave. "La interrupción debe ser realizada sin necesidad de una autorización judicial. Implica que con la intervención de un médico es suficiente para decidir si el caso se encuadra en las causales permitidas", detalla.

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