DEPARTAMENTAL

Gral. Ballivian también también restringe el acceso a su localidad.

El Municipio de Ballivian realizó un comunicado atravez de las redes sociales:

En el marco de la situación de emergencia en la que nos encontramos, el Sr. Intendente, Gerardo “Piky” Córdoba, firmó la siguiente resolución.

RESOLUCION Nº 026/2020.-

VISTO:
              El agravamiento de la situación, la Resolucion N° 01/2020 del Comité Operativo de la Provincia de Salta y los Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 260/2020, y Decreto N° 250/2020 del Poder Ejecutivo de la Provincia y

CONSIDERANDO:
 
Que el agravamiento de la situación se debe al confirmarse el primer caso de COVID-19 en la Provincia de Salta.
Que por Resolucion 01/2020 el Comité Resuelve la suspensión de Clases en todos los Niveles desde el 16/3/2020 hasta el 31/3/2020, como asi también en su  ARTÍCULO 2°.- determina Suspender desde el 16/03/2020 y hasta el 31/03/2020, la asistencia a los lugares de trabajo de los agentes dependientes de la Administración Pública centralizada, descentralizada, organismos autárquicos del Poder Ejecutivo y sociedades del Estado.Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo precedente, la autoridad de cada área garantizará la prestación de servicios en condiciones de seguridad sanitaria, pudiendo requerir la presencia de los agentes que estime necesarios, en los lugares y horarios de trabajo que considere convenientes para tal fin.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 250/2020 el Sr. Gobernador de la Provincia declaró el estado de emergencia sanitaria en el territorio de la Provincia de Salta y creó el Comité Operativo de Emergencia para atender la problemática vinculada a la prevención, asistencia y control del estado de emergencia sanitaria declarado por el citado decreto; Que, en atención a la delicada situación existente, resulta necesario la adopción de medidas urgentes a fin de salvaguardar la salud de la población de los efectos de la referida pandemia; Por ello, en el marco de las competencias previstas por el art. 7° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 250/2020; dicho Comité ha dictado esa Resolucion

Que atento a ello y dentro de las facultades determinadas por el artículo 66 de la Ley 8126 Carta Organica Municipal Régimen de Municipalidades, debe dictarse las medidas pertinentes, por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL

RESUELVE

ARTICULO 1º. – RATIFIQUESE la PROHIBICION de ingreso a la jurisdicción de esta Municipalidad de todo visitante nacional o extranjero que no resida en esta Localidad.

ARTICULO 2º. –El Organismo de aplicación de la presente ordenanza estará a cargo de la Policia de la Provincia y de cualquier fuerza publica nacional que este asentada en la jurisdicción.-

General Ballivian, 17 dias del mes de Marzo de 2020.-

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