La jueza Sandra Mabel Sánchez, vocal de la Sala II del Tribunal de Juicio de Tartagal, condenó en juicio abreviado a un hombre de 44 años, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, por ser responsable del delito de abuso sexual simple calificado por la convivencia preexistente y la minoría de edad.
En la misma audiencia se ordenó al hombre el cumplimiento por dos años de las siguientes reglas de conducta: fijar domicilio y someterse al control de un patronato; abstenerse de concurrir a lugares donde se encuentre la víctima; prohibición de acercamiento a la menor o a su familia, al domicilio particular o establecimiento escolar y de ejercer actos de violencia en su contra; no podrá usar estupefacientes o abusar del consumo de bebidas alcohólicas.
Una vez firme la sentencia se procederá a la identificación y extracción de material genético para ser inscripto en los registros provinciales y nacionales correspondientes a condenados vinculados a delitos sexuales.
Además, la sentencia fue notificada a la Asesoría de Menores interviniente, a fin que desde allí se arbitren los medios necesarios para que la menor efectúe tratamiento psicológico en el Centro de Orientación Familiar (COF) de Aguaray, atento al informe ambiental presentado durante la audiencia de debate.
Nota: Se omitieron las identidades del autor y de la víctima para preservar su identidad y derecho a la intimidad y confidencialidad garantizados por la Convención de los Derechos del Niño (artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, Ley 23849) y las Leyes 26061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y 26522 de Servicio de Comunicación Audiovisual.