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LAS EMPRESAS, DE MANERA OBLIGATORIA, VENDERÁN LAS MOTOS CON SEGURO 

Ciudad FM

A partir del lunes 9 de octubre las empresas de motovehículos deberán venderlas con seguro mínimo contra terceros establecido por la ley. 

De modo que el comprar deberá saber que “desde que va a comprar una moto en cuotas de 12 o de 6, tiene derecho a que esa moto salga a nombre suyo, porque pagó por la moto, y la garantía para la empresa debe de ser una prenda y no el hecho de no entregarle la factura”, explicó el Dr. Farid Obeid, Juez Tribunal de Faltas.

Por tanto la motocicleta deberá estar registrada con título, cédula y seguro a nombre del comprador o de quien la registró a la hora de circular por la vía pública. 

En el caso de que los compradores hayan efectuado la compra a una empresa que cerró, desapareció o el dueño falleció deberán realizar el registro del 01 por cuenta particular, lo mismo con cualquier persona que la haya vendido deberán realizar el trámite de comprador y poseedor. “Firmando un 08 como comprador y presentando la documentación en el registro y se le dará una cédula y una constancia de posesión para poder circular libremente. Al cabo de un año esta persona puede llevar a cabo otro trámite para la registración posterior”, detalló el Juez de Faltas.

Para mayor información acercarse al Tribunal de Faltas ubicado en Belgrano y Richieri.

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