La jueza de la Sala II del Tribunal de Juicio de Metán, Carolina Poma Salvadores, condenó a Nicolás Armando Véliz (19), a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, por considerarlo autor voluntario y responsable de los delitos de hurto; robo; tentativa de hurto; daños y amenazas; robo en grado de tentativa; y resistencia a la autoridad.
En el mismo fallo, Héctor Santiago Véliz (21) fue condenado a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, por considerarlo autor voluntario y responsable de los delitos de robo; hurto en grado de tentativa; robo en grado de tentativa; resistencia a la autoridad; y amenazas y daños.
Osvaldo Arnaldo Eulogio Dorado (22), por su parte, resultó condenado a la pena de dos meses de prisión efectiva, por ser autor de los delitos de amenazas y daños.
Los hermanos Véliz deberán cumplir con las siguientes reglas de conducta: fijar domicilio; prohibición de acercamiento al domicilio de los denunciantes y su grupo familiar, como también de ejercer actos de violencia contra los mismos; abstenerse de abusar del consumo de bebidas alcohólicas y de sustancias estupefacientes; adoptar un oficio en el transcurso de un mes.
En caso de incumplir alguna de estas reglas de conducta, podría revocarse la condicionalidad de la pena que se les impuso, la que sería de cumplimiento efectivo.
Nicolás Armando Véliz recuperó su libertad una vez finalizado el juicio.
Fuente: http://www.justiciasalta.gov.ar/noticia-poder-judicial-salta.php?iIdNoticia=6574